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La Turquie au Moyen-Orient: Le retour d’une puissance régionale

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Cobertura temática: Ciencia política  


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La Turquie d’Erdoğan: Avec ou sans l’Europe ?

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Cobertura temática: Ciencias sociales - Ciencia política  


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La Turquie en Asie centrale

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Cobertura temática: Historia y arqueología  


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La tutela anticipatoria fra procedimento cautelare e giudizio di merito

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Cobertura temática: Educación - Derecho  


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La tutela dei diritti umani nel bacino del Mediterraneo

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Cobertura temática: Ciencias sociales  


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La Tutela Judicial Efectiva en el Derecho Procesal Administrativo de Río Negro

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Autores/as: Sergio A. Zucal ; Dino Di Nella

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No requiere 2017 Repositorio Institucional Digital de la Universidad Nacional de Río Negro (SNRD) acceso abierto

Cobertura temática: Derecho  

El presente trabajo pone bajo la lupa el ordenamiento jurídico administrativo de la provincia de Río Negro hoy vigente. En especial se cuestiona si el principio de la tutela judicial efectiva, bajo la nueva óptica del Derecho Administrativo Global, se encuentra debidamente garantizado, estudiando en detalle los distintos requisitos que deben cumplirse para poder acceder a la instancia de control judicial del accionar de alguno de los poderes del Estado. Este es el objetivo principal del trabajo de investigación propuesto.Si bien los requisitos exigidos para acceder a la instancia judicial, regulados en las distintas normas procesales, no se limitan a los que se analizan en este trabajo, la selección de los mismos se debe a su importancia a la hora de definir y delimitar el espíritu general del procedimiento administrativo provincial, en cuanto a la defensa de los derechos del ciudadano y las limitaciones a su ejercicio.Para alcanzar el objetivo general buscado, se procedió a analizar por separado, pero en forma interrelacionada, los principales requisitos que el texto legal impone como obligatorios para acceder a la instancia judicial.Asimismo, se estableció como objetivo secundario específico, determinar el contenido y los alcances que el nuevo Derecho Administrativo Global le ha otorgado al principio de la tutela judicial efectiva, para así poder identificar las causales de pérdida de derechos por incumplimiento de pautas administrativas, regladas en trámites procesales internos de la Administración. Especialmente, se entendió como un objetivo específico del presente trabajo, estudiar si el plazo de caducidad hoy vigente y la legitimación activa requerida para accionar, se encuentran regulados de manera acorde a las exigencias normativas derivadas de los tratados internacionales.Como último objetivo se propuso analizar la redacción con que se incluye la figura del silencio administrativo y si su interpretación efectuada en las sentencias judiciales no distorsiona su objeto, recordando que esta ficción es creada con el solo fin de favorecer los intereses del administrado. A los efectos de dar respuesta a todos estos objetivos, se procedió a consultar no solamente la normativa vigente, sino también la abundante jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que existe en la materia, amén de aquellos fallos emitidos por otros tribunales judiciales que, por su importancia, resultó menester incorporar. Asimismo se efectuó una valoración efectiva sobre lo que sostiene la doctrina especializada en el tema, haciendo especial hincapié en la opinión vertida por actores directos del derecho administrativo rionegrino, los que se han prestado amablemente para ser entrevistados especialmente en el presente trabajo.Al analizar estas entrevistas, los fallos recientes de los tribunales provinciales y los artículos publicados por la doctrina local, se puede apreciar que no es similar el pensamiento de un abogado litigante que defiende los intereses del ciudadano común, al de aquel que presta servicios en el Estado provincial, el cual tiene a su cargo la representación del mismo al momento de ser citado a juicio.

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La tutela penale del capitale sociale nelle societá per azioni

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Cobertura temática: Economía y negocios  


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La tutela penale del capitale sociale nelle società per azioni

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Cobertura temática: Ciencias sociales - Economía y negocios  


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La UCR y la política exterior: Análisis de cien años del discurso radical

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Autores/as: Alejandro César Simonoff ; Norberto E. Consani ; Roberto Alfredo Miranda ; Juan Carlos Rubinstein ; Ángel Pablo Tello ; Hugo Edgardo Biagini

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No requiere 1996 SEDICI: Repositorio Institucional de la UNLP (SNRD) acceso abierto

Cobertura temática: Derecho - Ciencia política  

Nuestra hipótesis es que nos parece inadecuada la caracterización de la política exterior del radicalismo como idealista exclusivamente, ya que también posee elementos realistas. Por eso en la primera parte de la tesis hicimos una interpretación teórica y luego procederemos al análisis. La tesis es que proponemos una categoría más adecuada para caracterizar la política exterior del radicalismo, la de racionalismo pragmático, entendiéndolo como la búsqueda de una política basada en una percepción racional del mundo, lo que no quiere decir que el mundo lo sea, complementada por un pragmatismo que permite la adaptación de propuestas e intereses ante un mundo cambiante. Para ello, haremos un seguimiento desde el punto de vista discursivo -entendiendo esto no en un sentido restringido sino amplio-. Intentaremos identificar en él variables, como por ejemplo el Mundo, América Latina, Estados Unidos, Inglaterra, etc. que nos indican las estrategias de autonomía e inserción.

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La UDP-Glc: Glicoproteína glucosiltransferasa es un sensor del plegamiento de glicoproteínas: Estudio de su especificidad

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Autores/as: Marcelo Carlos Sousa ; Armando J. Parodi

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No requiere 1995 Biblioteca Digital (FCEN-UBA) (SNRD) acceso abierto
El retículo endoplásmico (RE) es el compartimiento de síntesis, modificación post-traduccional y plegamiento de proteínas y glicoproteínas que serán destinadas a secreción, membrana plasmática o distintas organelas de los sistemas endocítico y exocítico. Una de las modificaciones post-traduccionales mas frecuentes, la N-glicosilación, está relacionada con el plegamiento de las proteínas ya que sin la adición de los oligosacáridos, numerosas proteínas son incapaces de alcanzar su conformación nativa. En general, los intermediarios de plegamiento, las proteínas no totalmente ensambladas, las proteínas mal plegadas y los agregados son selectivamente retenidos en el RE. El transporte hacia el aparato de Golgi ocurre solamente cuando las proteínas se han plegado correctamente y se han ensamblado para el caso de los multímeros. Este importante fenómeno, que asegura la integridad funcional de las proteínas que salen del RE, ha sido denominado "control de calidad” del RE. Para el caso de las glicoproteínas la estructura o grado de procesamiento de sus oligosacáridos ha sido postulado como una señal para la retención o el transporte de las mismas. La N-glicosilación comienza en la mayoría de los eucariotas con la transferencia de un oligosacárido de estructura Glc3Man9GlcNAc2desde un intermediario lipídico (dolicol-P-P-oligosacárido), a proteínas nacientes en el RE. Inmediatamente luego de la transferencia, los tres residuos de glucosa son removidos por las glucosidasas I y II. Es importante notar que no se encuentran residuos de glucosa unidos a los oligosacáridos de proteínas maduras. Parodi y colaboradores demostraron que los oligosacáridos unidos a proteína son transitoriamente reglucosilados dentro del RE mediante la acción de la enzima UDP-Glc:glicoproteína glucosiltransferasa. Esta enzima fue purificada a homogeneidad a partir de hígado de rata y de Schizosaccaromyces pombe,y demostró ser una proteína soluble del RE que depende del Ca²+ para su actividad y que utiliza UDP-Glc como dador de glucosa. En cuanto a la glicoproteína aceptora, en un ensayo libre de células, ésta debe estar desnaturalizada para funcionar eficientemente como aceptor. Experimentos presentados en este trabajo de Tesis demuestran que el efecto de la desnaturalización no se debe a que esta vuelve accesibles los oligosacáridos que pudieran estar no disponibles en la estructura nativa. Por el contrario, la enzima reconoce en el esqueleto proteico elementos expuestos en las conformadones desnaturalizadas pero no en las nativas de las glicoproteínas. Al mismo tiempo el grado de procesamiento de los oligosacáridos por α-manosidasas del RE, modula la capacidad aceptora de las glicoproteínas ya que los oligosacáridos Man7GlcNAc2 y MangGlcNAc2 fueron glucosilados con velocidades del 15 y 50 % respectivamente de la velocidad con que se glucosiló el Man9GlcNAc2. Un estudio detallado de las bases moleculares del reconocimento de glicoproteínas desnaturalizadas por la glucosiltransferasa permitió establecer que: (a) No existe ninguna secuencia consenso de aminoácidos que sea reconocida por la enzima. (b) La glucosiltransferasa reconoce el residuo mas interno de N-acetilglucosamina de los oligosacáridos de las glicoproteínas sustrato. Esto le permite distinguir entre glicoproteínas desnaturalizadas y proteínas desnaturalizadas dado que las proteínas no contienen este residuo. (c) La glucosiltransferasa interactúa con aminoácidos hidrofóbicos. Esto y otros datos mostrados, sugiere que los residuos hidrofóbicos expuestos en las conformaciones no nativas de las glicoproteínas podrían ser el otro elemento reconocido por la enzima para seleccionar estas estructuras. (d) La capacidad aceptora de las glicoproteínas disminuye a medida que éstas adquieren estructura nativa. A. Helenius ha propuesto recientemente un modelo en el cual la calnexina (una proteína de membrana del RE), la glucosidasa II y la UDP-Glc:glicoproteína glucosiltransferasa forman parte del mecanismo de control de calidad del plegamiento de glicoproteínas en el RE. De acuerdo al mencionado modelo, las glicoproteínas serían deglucosiladas por la glucosidasa II y, si no se encuentran correctamente plegadas, sufrirían una reglucosilación catalizada por la glucosiltransferasa. La calnexina es capaz de unir glicoproteínas con oligosacáridos monoglucosilados, por lo tanto, las glicoproteínas no plegadas serían unidas por la calnexina siendo retenidas dentro del RE dado que la calnexina es una proteína de membrana. Este ciclo continuaría hasta que las glicoproteínas adquieren sus estructuras terciarias nativas. En estas condiciones dejarían de ser sustrato de la glucosiltransferasa y solo serían sustrato de la glucosidasa H que las liberaría del residuo de glucosa y por lo tanto de la interacción con la calnexina permitiendo su salida del RE. La glucosiltransferasa tendría un rol fundamental dentro de este modelo ya que sería el sensor de la estructura de las glicoproteínas, marcándolas o no con el residuo de glucosa que determinará su unión a la calnexina.